PREGUNTAS FRECUENTES > CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA
¿Cuándo y cómo debo acreditar Supervivencia?
El Directorio dispuso que desde el mes de septiembre de 2020 los beneficiarios de Jubilaciones, Pensiones, Cargas de Familia, Curadores y beneficiarios de Subsidio por Hijo con Discapacidad no deberán presentar más el Certificado de Supervivencia.
Esta medida es el resultado de un trabajo realizado entre la Caja de Médicos y el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social quien informa acerca de los afiliados fallecidos en Argentina.
Ante cualquier consulta comunicate con tu Delegación de procedencia