El viernes 24 de marzo, con un total de 201 Asambleístas presentes, a los fines de establecer el valor de los aportes y beneficios, la Asamblea dispuso RATIFICAR la actualización bimestral de la “unidad galeno previsional” mediante el uso de fórmula combinada que contemple a partir del 1/5/2023 el promedio que surja de considerar el 90% de la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor) y 90% del aumento fijado en paritarias a los profesionales de salud (Ley 10.471), a cuyo efecto se aplicarán los publicados hasta el mes anterior a su aplicación, aprobado por 134 votos. Además, se presentaron dos propuestas más, alcanzando 36 votos la propuesta 2 y 31 votos la propuesta 3.
A los mismos fines se aprobó el incremento de la escala de aportes correspondiente al Art. 35 Inc. h) de la Ley 12.207 en dos tramos:
A partir del 1° de Mayo y hasta el 31 de Agosto de 2023, según el siguiente detalle: Categoría 1: 35,00 galenos; Categoría 2: 41,50 galenos; Categoría 3: 53,50 galenos; Categoría 4: 61,50 galenos; Categoría 5: 73,50 galenos y Categoría 6: 82,00 galenos.
A partir del 1° de Septiembre y hasta el 31 de Octubre de 2023, la misma queda definida como a continuación se establece: Categoría 1: 36,00 galenos; Categoría 2: 42,50 galenos; Categoría 3: 55,00 galenos; Categoría 4: 63,00 galenos; Categoría 5: 75,00 galenos y Categoría 6: 84,00 galenos.