BENEFICIOS > JUBILACIONES > JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA

A partir de los 70 años de edad, los/as afiliados/as que no computen los años de ejercicio y aportes para acceder a la Jubilación Ordinaria pueden cesar en el desempeño profesional y acceder a esta cobertura.

Condiciones

  • Registrar aportes plenos y ejercicio de la profesión en la Provincia de Buenos Aires de quince (15) o más años, diez (10) de los cuales deben ser inmediatos anteriores a la solicitud.
  • No estar comprendido en el régimen de reciprocidad jubilatoria.
  • Cancelación definitiva de la matrícula provincial por Jubilación.
  • Estar al día en el cumplimiento de todas las obligaciones con la Caja.

Monto

El haber mensual se determina conforme a cálculo actuarial, en función de los años computables de ejercicio con aportes y la edad del afiliado al momento de cancelar su matrícula profesional.

Los adicionales y/o complementos dispuestos por el H. Directorio y/o la Asamblea de Representantes se abonan en la misma proporción.

Puede complementarse con el beneficio de Carga de Familia por cónyuge/conviviente e hijos/as

Requisitos

Para conocer los requisitos completos del trámite hacé click AQUÍ

Para mayor información respecto de los requisitos o su forma de cumplimiento comunicate con tu Delegación para que te brinde el asesoramiento necesario.

Solicitud

Para descargar el formulario de solicitud y los formularios de trámite hacé click en:

Solicitud del beneficio
Radicación sucursal Banco Provincia
Talón para transferencias fuera de provincia de Bs. As. (para afiliados/as que no residen en la provincia de Buenos Aires)
Nota devolución de U.C.P
Notificación presentación 572 web
Opción art. 18 Ley 20628 Impuesto a las Ganancias

Para iniciar el trámite podés pedir turno para acercarte a nuestras Delegaciones o remitir la documentación por correo electrónico a tu Delegación.

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de tu Delegación
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Para solicitar turno en la Delegación
hace click AQUÍ

Si optás por iniciar el trámite mediante remisión de la documentación por correo electrónico la misma deberá estar digitalizada en formato JPG, PGN O PDF. A continuación nuestras recomendaciones para captura de imágenes

Para realizar el trámite de manera presencial deberás concurrir con la documentación original o copias certificadas de la misma.

IMPORTANTE:
El acuerdo y la percepción de la Jubilación por Edad Avanzada es incompatible con el ejercicio profesional en la provincia de Buenos Aires, bajo cualquier modalidad.

Links de interés

Reglamentación Jubilación por Edad Avanzada