BENEFICIOS > OTROS BENEFICIOS >  CARGA DE FAMILIA

Para beneficiarios de coberturas jubilatorias (Jubilación Ordinaria, Jubilación Extraordinaria, Jubilación por Edad Avanzada, Jubilación por Convenio de Reciprocidad cuando la Caja sea otorgante y Jubilación para Médicos con Discapacidad previa a la Graduación) y de Pensión (acordada a cónyuges o convivientes), por familiares que se encuentren a su cargo.

Monto

El valor del beneficio es de 20 GALENOS por mes por familiar a cargo.

Los beneficiarios de Jubilación por Edad Avanzada percibirán la Carga de Familia en la misma proporción que la prestación principal (no podrá ser inferior a 10 GALENOS por familiar a cargo).

Requisitos

Para acceder a la cobertura deberás justificar el vínculo con el familiar a cargo:

a. Cónyuge: partida de matrimonio.

b. Conviviente en aparente matrimonio: prueba fehaciente de la convivencia y domicilios coincidentes por plazo de cinco (5) o dos (2) años según corresponda.

c. Hijos/as menores de 18 años de edad: partida de nacimiento.

d. Hijos/as entre 18 y 21 años que no realicen tareas remuneradas: partida de nacimiento, certificado de estudio y certificación negativa de ANSES.

e. Hijos con discapacidad que no puedan procurarse su sustento, sin límite de edad: partida de nacimiento, documentación médica de respaldo y certificación negativa de ANSES cuando sean mayores de 18 años.

El beneficio de Carga de Familia por hijo con discapacidad no es compatible con la percepción del Subsidio por Hijo con Discapacidad.

En todos los casos las partidas deben estar actualizadas y cuando no sean de jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires deberán encontrarse legalizadas.

Solicitud

La petición se puede realizar conjuntamente con la solicitud del beneficio principal, adjuntando la documentación correspondiente. En tal caso, de corresponder el acuerdo el pago se hará efectivo desde la misma fecha que el beneficio principal.

Si la petición se realiza luego del acceso al beneficio principal, en caso de acuerdo se efectivizará desde la fecha de solicitud.

Podés conocer los requisitos del trámite hace click AQUÍ

En caso de ser beneficiario de Jubilación la solicitud de otorgamiento o de prórroga de la Carga de Familia debes realizarla por AUTOGESTIÓN

En caso de ser beneficiarios de Pensión la solicitud se realiza a través de la Delegación, presentando el formulario de solicitud y la documentación original que corresponda (o copias certificadas de la misma). Para iniciar el trámite podés pedir turno para acercarte a tu Delegación.

Para descargar el formulario de solicitud hace click AQUÍ

Para mayor información respecto de los requisitos o su forma de cumplimiento comunicate con tu Delegación para que te brinde el asesoramiento necesario.

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de tu Delegación
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Para solicitar turno en la Delegación
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Prórroga por hijos/as mayores

Los beneficiarios de Carga de Familia por hijos mayores de 18 años deben renovar la solicitud anualmente, adjuntando el certificado de estudio y la certificación negativa de ANSES.

Para conocer la reglamentación hace click AQUÍ