BENEFICIOS > OTROS BENEFICIOS > BONIFICACIÓN POR CÓMPUTO DE SERVICIOS Y EDAD

Los/las afiliados/as que hayan cumplido los requisitos para acceder a la Jubilación Ordinaria pueden continuar ejerciendo en la provincia de Buenos Aires y solicitar la eximición de pago del aporte fijo mensual (Art. 35 inc. h) Ley 12.207).

El otorgamiento de la bonificación importa también el acuerdo de la Jubilación Ordinaria. De ese modo, cuando decidas dejar de ejercer solo tendrás que cancelar la matrícula profesional y presentar los formularios de cobro para empezar a percibir la Jubilación.

Requisitos

Para solicitar la Bonificación por Cómputo de Servicios y Edad se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • 65 o más años de edad.
  • 35 años o más de aportes y ejercicio profesional en la Provincia de Buenos Aires.
  • Encontrarte al día en el cumplimiento de todas las obligaciones para con la Caja.

Para conocer los requisitos completos del trámite hacé click AQUÍ

A continuación el formulario de solicitud que podés descargar para completar y presentar o remitir por mail a la Delegación, junto con la restante documentación.

Para mayor información respecto de los requisitos o su forma de cumplimiento comunicate con tu Delegación para que te brinde el asesoramiento necesario.

Importante
La Bonificación por Cómputo de Servicios y Edad no incluye los aportes del Art. 35 inc. d), e) y f) de la Ley 12.207, por lo que mientras mantengas la matrícula habilitada y ejerzas como médico/a en la provincia de Buenos Aires deberás continuar realizando tales aportes, en caso que ello corresponda.

Para conocer la reglamentación hace click AQUÍ