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Los aportes jubilatorios mensuales – comprendidos en el Art. 35° Inc. h)  de la Ley 12.207- están pautados en una unidad de medida llamada “Galeno”, cuyo valor es fijado por la Asamblea de Representantes, en períodos anuales como mínimo, conjuntamente con el valor de la Escala de Aportes.

Se encuentran disponibles las boletas para el pago de aportes jubilatorios inc. h)

El vencimiento de estos aportes operará el día 20 de cada mes.

ESCALA DE APORTES DESDE 1/03/2024

Valor GALENO: $1.146,37
(Escala vigente desde el 1/03/2024 hasta el 30/04/2024)
Categoría Edad Galenos Vigentes Pesos
1 hasta 28 años 36,00 $ 41.269,32
2 29 años 42,50 $ 48.720,73
3 30 años 55,00 $ 63.050,35
4 31 años 63,00 $ 72.221,31
5 32 años 75,00 $ 85.977,75
6 33 años y más 84,00 $ 96.295,08
Valores aprobados por la Asamblea General Ordinaria del 28/10/2023

NOTA: En el caso de médicos/as que se diplomaran superando la edad de 28 años, se considerará esta última edad a los fines del aporte mensual, a partir de la cual se le incrementará cada año el aporte, hasta igualar el máximo previsto en la Escala precedente.

Conocé cuál es el valor de tu aporte mensual
Información útil sólo para nuevos/as colegiados/as

Escala Reducida:

¿Quiénes pueden solicitarla?

Aquellos/as afiliados/as activos/as que se encuentren trabajando EN FORMA EXCLUSIVA bajo las siguientes modalidades:

  • Residencia universitaria en instituciones oficialmente reconocidas.
  • Relación de dependencia con acreditación fehaciente de pago de aportes a otro sistema previsional.
  • Concurrencias honorarias, becas de carácter oficial, visitancias, pasantías y cursos universitarios de posgrado o dictados por el Colegio de Médicos.

¿En qué consiste?

Se otorga A PEDIDO DE LOS/AS PROFESIONALES una reducción del 50% del aporte jubilatorio por un período que determina el Directorio.

Conozcan los Requisitos para Médicos Residentes (con aportes al I.P.S) AQUÍ

Conozcan los Requisitos para Médicos en Relación de dependencia AQUÍ

Conozcan los Requisitos para Médicos Residentes – no amparados en el Decreto Ley 9650/80 , Concurrencias honorarias, becas de carácter oficial, visitancias, pasantías y cursos universitarios de posgrado o dictados por el Colegio de Médicos AQUÍ

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA LIQUIDACIÓN DE LOS BENEFICIOS:

Los/as afiliados/as que hayan aportado o se encuentren aportando bajo esta modalidad y soliciten algún  beneficio, se podrán ver afectados según la reglamentación vigente.

Accedan a la Reglamentación completa AQUÍ

IMPORTANTE:
Cualquier modificación en la actividad declarada al iniciar el trámite debe ser comunicada a la Caja, cumplimentando el formulario que se visualiza a continuación:
DESCARGUE Baja de Escala Reducida

Ante consultas relacionadas con boletas vencidas o no vencidas, escalas reducidas, constancias de pago para presentar a AFIP, comunicate al mail raf@cajademedicos.com.ar

Por consultas referidas a constancias de pago de cuotas de préstamos o planes de facilidades, envianos un mail prestamosyplanes@cajademedicos.com.ar