BENEFICIOS > OTROS BENEFICIOS > RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS

Los/las médicos/as que hayan cancelado su matrícula en la Provincia de Buenos Aires pueden solicitar el Reconocimiento de Servicios por los períodos de ejercicio profesional en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con aportes a  la Caja de Médicos.

Requisitos

Para poder realizar la petición es necesario:

  • Que tengas tu matrícula cancelada en la Provincia de Buenos Aires (en todos los Colegios de Médicos que correspondan)
  • Que no registres deuda con la Caja, de orden legal o contractual.
  • Que acredites el ejercicio profesional en la Provincia de Buenos Aires, en forma de desempeño continuo, permanente e ininterrumpido.

Para conocer los requisitos completos del trámite hacé click AQUÍ

Para descargar el formulario de solicitud hacé click AQUÍ

Comunicándote con nuestras Delegaciones podrás obtener mayor información acerca de los requisitos y su forma de cumplimiento.

Para iniciar el trámite podés pedir turno para acercarte a nuestras Delegaciones o remitir la documentación por correo electrónico a tu Delegación

Selecciona tu localidad para conocer el mail
de tu Delegación
AQUÍ

Para solicitar turno en la Delegación
hace click AQUÍ

Si optás por iniciar el trámite mediante remisión de la documentación por correo electrónico la misma deberá estar digitalizada en formato JPG, PGN O PDF. Si querés conocer nuestras recomendaciones para captura de imágenes, hacé click AQUÍ

Si vas a realizar el trámite de manera presencial tenés que concurrir con la documentación original o copias certificadas de la misma.

NOTAS IMPORTANTES:

  • El otorgamiento del Reconocimiento no implica en ningún caso la transferencia de los aportes realizados en el régimen de la Caja de Médicos a otros sistemas previsionales.
  • De acuerdo al trámite que tengas que realizar, si únicamente necesitas certificar los aportes efectuados en el régimen de la Caja de Médicos, ingresa AQUÍ: https://www.cajademedicos.com.ar/aplicaciones/jsp/m.AfiliadosAutogestionWeb/m.aut_principal.jsp.
  • Los períodos comprendidos en el reconocimiento de servicios podrán ser utilizados a los fines de la determinación del derecho a la Jubilación por Convenio de Reciprocidad, siempre que no sean simultáneos con los aportes realizados en otro sistema previsional.
  • Tampoco se podrán utilizar los períodos del Reconocimiento a los fines de la Jubilación por Convenio de Reciprocidad en los términos del Convenio 363/81, cuando seas beneficiario de cobertura jubilatoria otorgada por otro sistema.